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El testamento vital y la cuestión de la bioética |
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En el último MEDNESP, realizado este año en Río de
Janeiro, fue remarcado también por la actualización de
la carta de Principios Bioéticos, que trajo un tema
actual: el testamento vital. Se trata de decisiones
anticipadas que el paciente, mientras está saludable,
redacta términos de conducta médica, especificando las
acciones que le gustaría que fuesen tomadas o no, cuando
por ventura enferme gravemente y no tuviera condiciones
de manifestar su voluntad. El asunto suscita, sin
embargo, dos importantes preguntas: ¿Cuáles son los
límites éticos que deben observarse? ¿Hay algún
parámetro espiritual que debe ser considerado?
El médico intensivista y coordinador del Departamento de
Bioética de la AME-Brasil, Dr. José Roberto Pereira
Santos (foto), nos habló sobre el tema.
¿Qué es el testamento vital?
El testamento vital (TV) es un documento redactado por
una persona en el pleno goce de sus facultades mentales,
con el propósito de disponer los cuidados, tratamientos
y procedimientos que desea recibir cuando estuviera con
una enfermedad que amenaza su vida, fuera de las
posibilidades terapéuticas e incapaz de manifestar
libremente su voluntad.
También conocida como decisión anticipada de cuidado de
salud, decisión personal o directiva anticipada, es un
documento en el que una persona especifica qué acciones
deben tomarse en relación al cuidado de su salud, si ya
no es capaz de tomar decisiones por sí misma, por
razones de enfermedad o incapacidad. Por ejemplo: Una
persona, a los 32 años de edad, disfrutando de una buena
salud física y mental, decide hacer un documento en el
que pone que cuando sufra un accidente y entre en coma
y, si ese estado se prolonga por un determinado período
(estipulado en el documento), no quiere ser entubada o
colocada en una UCI, en ventilación mecánica.
El testamento vital dispensa del abogado o de cualquier
otra formalidad. Para que sea válido, debe ser escrita a
mano o a máquina, y firmado por la persona sin ninguna
tachadura. Se recomienda la firma de tres testigos más y
el registro notarial.
En los Estados Unidos, la televisión ya tiene valor
legal, mientras que en algunos países se acepta, pero
sin constituirse en un documento legal. Ese acuerdo ha
generado decisiones en esos países donde, por ejemplo,
está permitida la eutanasia pasiva de una persona en
coma vegetativo, suspendiendo el alimento y la
hidratación del paciente que manifestó, en vida, esa
opción.
¿Por qué este tema se ha convertido en una preocupación
de los médicos brasileños?
Con el constante progreso de la tecnología en el campo
médico y de los tratamientos intensivos, hoy, cada día
un mayor número de pacientes sobrevive a enfermedades
crónicas y situaciones clínicas graves, como infartos de
miocardio y accidentes vasculares cerebrales, pero en
condiciones de total dependencia de otros.
Muchas personas tienen miedo al sufrimiento que podrían
sentir en estas situaciones. Consideran que, si
estuvieran incapaces, física o mentalmente, podrían ser
condenados a una muerte lenta y con mucho sufrimiento.
Entienden que el deseo explícito del paciente en un
documento, mientras tengan una vida sana, asegurará una
decisión más fácil, tranquila y armoniosa para la
familia, en situaciones de enfermedad grave e
inconsciencia, cuando el individuo no pueda expresarse
más; pues esa decisión previa será de conocimiento de
todos.
Preocupado por esta situación, el Consejo Federal de
Medicina (CFM) publicó el 2012 una Resolución (Resolución
CFM nº 1995/2012) favorable al testamento vital
(llamado instrucciones anticipadas de la voluntad del
paciente), que permite al médico respetar la voluntad
del paciente cuando son registradas previamente en un
documento. Esta decisión generó una serie de
manifestaciones contrarias en el entorno jurídico y
médico, por entender esto como una puerta abierta para
la legalización de la eutanasia y que el CFM no tiene
poder para tomar esta deliberación.
¿Cuál es la posición de la AME-Brasil sobre el tema?
El testamento vital sigue la propuesta de un modelo
utilitarista y hedonista de tratar la vida, donde el
dolor y el sufrimiento son vistos como algo que debe ser
evitado y no enfrentado; la vida está dirigida en el
sentido del placer fácil e inmediato y puede ser
descartada cuando esos objetivos ya no pueden ser
alcanzados.
Por lo tanto, no se trata de buscar una muerte digna,
porque la dignidad significa un propósito y un sentido
para la vida. Digno es quien se enfrenta al sufrimiento
sin necesidad de buscar la muerte para evitarla.
La vida no se constituye solo de alegrías y de
realizaciones, sino también de dificultades, dolores y
sufrimiento. El sentido de la vida es la vida misma.
Nosotros, los médicos espíritas, estamos en contra
del testamento vital. Estamos a favor de la ortotanasia
o a la muerte natural (entendida cuando el paciente se
encuentra en estado terminal). Estamos a favor de los
cuidados paliativos. Entendemos que el testamento vital
es una medida utilitarista y egoísta que representa una
falta de fe en la Providencia Divina. No se nos permite
definir cómo o cuándo vamos a morir, o si nuestra muerte
será con sufrimiento o no. No podemos disponer de
nuestra vida, porque es un bien del cual no podemos
disponer pues solo pertenece a Dios. Los dolores y los
sufrimientos se derivan de nuestros actos (ley de
acción y reacción) y la mejor manera de tener una muerte
digna es vivir dignamente, siguiendo los ejemplos de
Jesús.
El médico debe hacer todos los esfuerzos posibles para
preservar la vida y aliviar el sufrimiento de los
pacientes. No corresponde a esta noble función omitir el
tratamiento que lo conducirá a la muerte,
independientemente de la voluntad del paciente. Muchas
veces el paciente en momentos de dolor y sufrimiento
llega a descubrir nuevos valores y a encontrar un
sentido de la vida, lo que puede alterar su actitud y la
voluntad manifestada años atrás.