Especial

por Rogério Miguez

¿Hay injusticiados?

 

El tema es palpitante, pues las nociones del deber y del derecho, bases fundamentales para el establecimiento de la justicia, viene siendo discutidas a lo largo de todo nuestro proceso evolutivo, esto en lo que alcanza esta parte de la Humanidad Universal.

En función de nuestra aun incipiente comprensión de los principios divinos, y, a pesar del esfuerzo continuado en bien aprender los conceptos del deber y del derecho, algunos aun entienden haber injusticias. Creen haber sido alcanzados por males que no merecerían haber sido alcanzados. Sí, creen piamente: ¡hay injusticiados!

Con todo, cuando recordamos uno de los necesarios atributos del Creador - la perfecta justicia y misericordia -, entre tantas otras perfecciones caracterizando la Divinidad, podríamos acortar nuestro sencillo análisis sobre el tema y ya responder, con categórica certeza: ¡No, no hay injusticiados, no puede haber! En virtud de, si los hubiese, caso pudiésemos apuntar a algún Espíritu, encarnado o desencarnado pasando por una situación injusta, seríamos obligados a concluir que Dios también sería injusto en la forma como controla a su propia Creación, al permitir que, alguna vez por otra, uno de sus amados hijos recibiese un daño, un mal, o incluso tuviese un perjuicio cualquiera, sin merecimiento, y, por consecuencia, sufriendo injustamente. Y más, seríamos obligados a aceptar que sus sabias leyes eternas e inmutables no tendrían condiciones de evitar las alegadas injusticias, haciendo de ellas también leyes erróneas, incompletas, impotentes para impedir estas “incomprensibles” situaciones.

¿¡Cómo la Perfecta Justicia podría permitir cualquier injusticia, por menor que sea!?

Entre tanto, a pesar de este simple y directo raciocinio que, de nuestro punto de vista podría servir de base para apaciguar los corazones afligidos al suponer que Dios pueda ser, eventualmente, injusto, nada más gratificante y motivador que reflexionar un poco sobre un tema cualquiera para mejor entenderlo y, por la justa comprensión del asunto, proporcionar duradera paz a la conciencia.

Siendo así, podemos iniciar nuestras reflexiones recordando que la popularización de las primeras nociones de justicia en la Terra, ocurrió, según algunos historiadores, alrededor de 1500 a.C., traídas por un Espíritu de alta evolución cuando por aquí estuvo – Moisés -, el autor de la Tora, el conjunto de los cinco libros fundamentales de la fe hebraica. Entre tanto, antes de él, dice nuestra Historia que algunas propuestas sobre justicia, tal como la máxima del diente por diente, ojo por ojo, ya constaban de un antiguo código de leyes, elaborado en Mesopotamia, en el reino de Babilonia, llamado Código de Hamurabi (siglo XVIII a.C.).

La revelación de la Ley del talión a la Humanidad, fue de fundamental importancia. Buscaba impedir a aquel pueblo aun bruto de cometer atrocidades en el resarcimiento de posibles perjuicios, cuando hubiese cualquier fricción en las relaciones sociales. La lógica era simple: en la época, era costumbre cobrar una deuda en valor superior al daño sufrido, por pura venganza - y algunos aun lo hacen incluso en el siglo XXI -, con todo, aplicando la Ley del talión, o sea, autorizando el cobro de modo igual a la perdida sufrida, y nada más, disminuyó sobremanera la posible violencia entre los litigantes. A propósito, esta Ley aun existe, contrariando a los que creen que ella se fue desde su surgimiento en los tiempos bíblicos, habiendo sido registrada por Allan Kardec en el siglo XIX en varias obras, tal como:

Dice Jesús: Quien mató con la espada, morirá por la espada. ¿Estas palabras no consagran la pena del talión y, así, la muerte impuesta al asesino no constituye la aplicación de esa pena?

“¡Cuidado! Estáis equivocados en cuanto a estas palavras, como sobre muchas otras. La pena del talión es la justicia de Dios; es Él quien la aplica. Todos vosotros sufrís esa pena a cada instante, pues que sois castigados en aquello en que habéis pecado, en esta existencia o en otra. [...]1

A los interesados en leer un poco más sobre el principio del talión, podrá encontrar otras consideraciones sobre el tema en el texto titulado El siglo XXI llegó. ¿La ley del talión finalmente se fue?2

Con todo, dejemos nuestra atención de lado sobre esta particular modalidad de la justicia divina, pues la aplicación de la justicia, de modo general, siempre nos interesó de cerca, creemos que sea en función de la centella divina, grabada en nuestra esencia espiritual, desde el inicio del proceso de individualización de este principio,  ofreciéndonos el sentido embrionario de la moral y de la ética, impulsándonos, en consecuencia, a la búsqueda de la conquista de las muchas virtudes.

Entre tanto, a lo largo de nuestra jornada evolutiva, por elecciones y conductas personales, sin que hubiese cualquier determinación divina, muchas así entendidas injusticias han sido perpetradas, considerando que muchos de nosotros optamos por el camino evolutivo distanciados de los postulados divinos, otros, no. Los primeros, obrando de modo contrario a las leyes divinas, causaron males diversos a sí mismos y al prójimo y, eventualmente, fueron injustos en las interacciones entre las muchas sociedades que ya formaron parte.

Resáltese: podemos obrar injustamente, con todo, jamás el alcanzado por nuestras injustas conductas, podrán decirse injusticiado. ¿Y por cuál razón?

Más allá de lo que fue anteriormente mencionado sobre la perfecta justicia y misericordia del Creador, hay otro necesario atributo de Dios - la omnisciencia - también fundamental para la comprensión del tema. Podríamos definir como: el saber absoluto, total, el conocimiento infinito sobre todas las cosas, o sea, Dios tiene ciencia de tudo lo que ocurre en el mundo de los vivos, sea en cual reino fuera, sobre toda la Naturaleza. Siendo también esta una de las imprescindibles características del Padre, no se entiende como Él podría, consciente de todo, permitir que uno de sus hijos sufriese una injusticia cualquiera.

Podemos también recordar otro principio divino que asegura, incuestionablemente, no existir el acaso,3 además, todos los espíritas deberían estar plenamente convencidos de esta realidad, ahora, si nada ocurre imprevisiblemente, no se concibe que un Espíritu sea alcanzado por un mal que no tenga que necesariamente enfrentar. El agente de este mal puede existir, adquiriendo un débito, y deberá, sin sombra de duda, quitarlo con la Ley Divina, por dolor o por ejercicio continuado del amor, mas, jamás podremos imaginar que aquel recibiendo el maleficio estaría sufriendo injustamente. Siendo así, una vez más indagamos: ¿Y por cual otra razón?

Más allá de las justificaciones anteriormente levantadas, debido a la ley de causa y efecto, tan bien explicada por Allan Kardec. Este otro principio divino esclarece básicamente que todos los eventos de la vida son el resultado de condiciones previamente establecidas sea en que campo de actuación fuera. O sea, lo que nos ocurre es el resultado, invariable, de un conjunto de actitudes que tomamos en el pasado de la existencia presente, sumadas a otro grupo de conductas practicadas en otras existencias – causa y efecto.

Adicionalmente, podríamos ponderar que si hubiéramos escogido una prueba para  probarnos las virtudes y, en consecuencia de estas pruebas, previamente seleccionadas, estuviera previsto que seamos “injusticiados” por la sociedad, este aparente mal que recibiremos, no es verdaderamente una injusticia, pues yo estoy deseoso y, de hecho, espero que el ocurra, conforme es combinado antes de reencarnar. De esta forma, yo puedo verificar en la práctica la conquista de mis alegadas virtudes, aquellas que supongo detentar, tales como: paciencia, tolerancia, sumisión, entre otras necesarias que permitirán aceptar resignadamente las llamadas “injusticias” del mundo.

La injusticia tiene algo de imprevisibilidad, esto es, caso existiese, el Espíritu no debería sufrir el maleficio que le fue impuesto, situación que, una vez más, no encuentra respaldo en la omnipotencia del Creador, otro atributo característico de la Divinidad. Él no podría permitir males sin justificaciones o razones teniendo el poder absoluto sobre todo y todos.

Siendo así, ¿cómo quedan los agentes de las así dichas injusticias? ¿Los que cometieron los actos indecorosos, crueles, deshumanos?

Enfatizamos, una vez más: tendrán que enfrentar las consecuencias de sus acciones, pues nadie se hurtará de los resultados dañinos de sus actos, incluso obrando como instrumentos de la propia ley de Dios. No es posible atribuir a Dios la responsabilidad por nuestros actos, esto jamás ocurrirá, somos siempre responsables por lo que hacemos.

He por esta razón que Jesús orientó:

Ay del mundo por causa de los escándalos; pues es necesario que vengan escándalos, mas ay del hombre por quien el escándalo venga.4

¿Volviendo al pasado por dos mil años podríamos indagar si estarían los verdugos del Cristo previamente designados para cometer injusticias?

De modo alguno, pues no puede haber misión para el mal, sería un absurdo creer en esta posibilidad:

¿Los Espíritus que buscan inducirnos al mal y que ponen así en prueba nuestra firmeza en el bien, recibiran misión de hacerlo? ¿Y si es una misión que cumplen, tendrá alguna responsabilidad en eso?

Ningún Espíritu recibe la misión de hacer el mal. Cuando lo hace, es por su propia voluntad y, por consiguiente, sufre las consecuencias. Dios puede permitir que él lo haga para probaros, mas no lo ordena, cabiendo a vosotros repelirlo.”(subrayamos)

Judas tampoco, cualquier uno de los que infringieron sufrimientos al Cristo, mucho menos aquellos que martirizaron a los millares de cristianos en las arenas, estaban marcados para errar, ya que, sería otro contrasentido creer que la Perfecta Bondad pudiese forzar u obligar a ciertos Espíritus, también sus hijos, a cometer actos malvados contra otros hijos, sus hermanos. Los que se sublevaron contra el Cristo lo hicieron por motu propio, sin cualquier destino para el mal, evidentemente, cargando con las consecuencias de los resultados obtenidos.

Adicionalmente, es oportuno reflexionar aun: ¿podríamos obrar injustamente contra nosotros mismos, por ejemplo, cuando el remordimiento y el arrepentimiento nos visitan y no nos concedemos el autoperdón por cuenta de irreflexivas actitudes cometidas contra el prójimo, o incluso contra nosotros mismos? ¿¡En este caso, el Espíritu sería víctima y verdugo de sí mismo!? ¿¡Injusticiado por él mismo!?

En resumen: hay injustos, sin sombra de dudas, pues gran parte de esta Humanidad aun se porta de modo contrario al hacer al prójimo lo que desearían que les fuese hecho, todavía, en cualquier caso, no puede haber injusticiados.

En relación al caso de la posible auto injusticia, dejamos al lector las reflexiones sobre esta indagación.


Referências:

1 KARDEC, Allan. O livro dos espíritos. Trad. Evandro Noleto Bezerra. 4. ed. 9. imp. Brasília: FEB, 2020. q. 764.

2 Reformador. O século XXI chegou. A lei de talião finalmente se foi? abril 2013.

3 NOTA: Sugerimos ao leitor consultar em O livro dos espíritos as questões: 8, 37, 386, 388, 525a, 536 e 663.

KARDEC, Allan. O Evangelho segundo o Espiritismo. Trad. Evandro Noleto Bezerra. 2. ed. 1. imp. Brasília: FEB, 2013. cap. VIII. item 11.

KARDEC, Allan. O livro dos espíritos. Trad. Evandro Noleto Bezerra. 4. ed. 9. imp. Brasília: FEB, 2020. q. 470.   

 

Traducción:
Isabel Porras
isabelporras1@gmail.com

 
 

     
     

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 Revista Semanal de Divulgação Espírita